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¿Qué es el IRPF, cómo afecta al autónomo y cuándo se paga?

Es el impuesto más gordo que pagamos. Comprender su funcionamiento es imprescindible para poder realizar la Declaración de la Renta, los trimestres, alquileres…

En resumidas cuentas, cuando hay una ganancia, allí está el IRPF.

¿Qué es el IRPF?

El Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, es el más importante del sistema tributario español.

Por norma general, todos los residentes en España, ya sean trabajadores asalariados o autónomos, están afectados por él.

Se trata de un impuesto directo anual, que grava los ingresos o el patrimonio. A pesar de ser anual, se realizan aportaciones periódicas a cuenta del resultado final.

Esto nos ayuda a suavizar el impacto que tendría si fuese satisfecho de golpe.

Con la idea de ser más equitativo, se aplica por tramos, aumentando su carga impositiva a medida que aumentan los beneficios de quienes lo sufren.

¿Cómo afecta el IRPF al autónomo?

A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, que realizan aportaciones mensuales a través de sus nóminas.

Los autónomos, tenemos que hacer frente al IRPF cada trimestre mediante el modelo 130/131.

No a todos los autónomos nos afecta de la misma forma.

Hacienda diferencia 3 tipos de autónomos, dependiendo de su régimen.

  1. Estimación directa simplificada: Para autónomos con facturación inferior a 600.000€ anuales, que son la gran mayoría.
  2. Estimación Directa Normal: Para autónomos con facturación superior a 600.000€ anuales.
  3. Estimación objetiva (módulos): Son autónomos que cumplen con una serie de características y deciden darse de alta en este régimen.

En este artículo nos centraremos en los regímenes de estimación directa, tanto normal como simplificada.

Primero, veamos las aportaciones trimestrales que realizamos.

Éstas son en base a nuestros beneficios y su tipo impositivo es el 20%.

Para poder aplicarlo, primero tienes que calcular tus beneficios con una operación muy sencilla de ingresos menos gastos.

Balance de resultados2º TRIMESTRE
Ingresos4.244€
Gastos2.857€
RESULTADO:1.387€

Una vez obtenido, se calcula el tipo impositivo que corresponda, en el caso del trimestre será el 20%.

Como los beneficios han sido 1.387€, el cálculo sería así:

1.387€ x 0,20 = 277,40€ pagaremos de IRPF

Recuerda que siempre trabajaremos con las <bases imponibles>

¿Cuánto IRPF me corresponde pagar en total?

Ese 20% que pagas cada trimestre, Hacienda lo va guardando hasta final de año.

Una vez contabilizado todo, ajusta las cuentas aplicando el tipo impositivo que realmente te pertenece.

Ahora verás como reparte los impuestos para que pague más quien más ganan.

Estos fueron los tramos para el 2022:

Beneficios anuales% de IRPF
Desde 0€ hasta 12.450€19%
Desde 12.450€ hasta 20.200€24%
Desde 20.200€ hasta 35.200€30%
Desde 35.200€ hasta 60.000€37%
Desde 60.000€ hasta 300.000€45%
Más de 300.000€47%

¿Esto significa, que si gano 61.000€ anuales, pagaré el 45% de IRPF? La respuesta es NO.

El 45% de 61.000€ serían 27.450€.

Si ganas 61.000€ anuales, solo 1.000€ tributaran al 45%, el resto lo hará dependiendo de sus tramos. O sea, así:

  • 1º Tramo 12.450€ tributarán al 19%, es decir, pagarás 2.356,50€.
  • 2º Tramo desde 12.450€ hasta 20.200€, que son 7.750€, tributarás el 24%, es decir, pagarás 1.860€.
  • 3º Tramo desde 20.200€ hasta 35.200€, que son 15.000€, tributarás el 30%, es decir, pagarás 4.500€.
  • 4º Tramo desde 35.200€ hasta 60.000€, que son 24.800€, tributarás el 37%, es decir, pagarás 9.176€.
  • 5º Tramo desde 60.000€ hasta 300.00€, pero como solo 1.000€ pasan de los 60.000€, serán solo estos los tributen al 45%, es decir, 450€.

En este caso la suma total de todos los tramos sería de 18.342,50€.

Como ya habrías adelantado durante los trimestres el 20%, o sea 12.200€, solo tendrías que pagar lo que falta 6.142,50€.

18.342,50€ – 12.200€ = 6.142,50€

Esto es una explicación simplificada para que veas cómo funciona esto del IRPF.

A la hora de la verdad, a nuestros beneficios les podemos descontar porcentajes y cantidades dependiendo de nuestra situación personal y económica.

Todo esto se calcula en la Declaración de la Renta y es algo más complejo.

El IRPF en las facturas.

En algunas ocasiones, veremos facturas con retención del IRPF. Esto sucede en dos situaciones:

1º Si la persona que emite la factura es un autónomo profesional y está obligado a ello.

Antes de que te líes con esto, quiero que sepas que la gran mayoría de autónomos, son trabajadores autónomos porque están dados de alta en la primera sección del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Los autónomos profesionales, son los que están dados de alta en las secciones segunda y tercera del IAE.

Aclarado esto, tienes que saber que si la factura la emite un autónomo profesional, quien la paga tendrá que retener el IRPF para entregárselo a Hacienda en el próximo trimestre. (Generalmente es un 15%).

Pongo un ejemplo:

La abogada Inés, que es una autónoma profesional, le realiza a Juan que es autónomo, un servicio para su negocio valorado en 400€ (de base imponible).

Inés solo le cobrara a Juan en la factura 340€, ya que descuenta la retención del 15% en concepto del IRPF.

400€ x 0,15 = 60€ de retención, que, restados a los 400€, son 340€.

Por otro lado, aunque Juan solo pague a Inés 340€ de base imponible, tendrá que pagar en Hacienda el próximo trimestre, los 60€ que le ha retenido su abogada Inés.

Esto lo hará, a través del modelo 111.

Los 60€ que paga Juan, Hacienda los ingresa en las cuentas que tiene con Inés.

Al final esos 60€ terminan beneficiando a Inés.

De esta forma, es como los autónomos nos convertimos en retenedores para Hacienda (que es el nombre que nos da por no llamarnos recaudadores).

2º Si se trata de una factura por el alquiler de un local.

Lo mismo pasa cuando alquilamos un local o un inmueble, para desarrollar nuestra actividad como autónomo.

En este caso, da igual que se lo alquiles a un autónomo profesional, a un autónomo trabajador, a una empresa o a una persona particular.

En todos los casos, tú le tendrás que hacer una retención del 19%.

Ejemplo:

Alquilas un local para tu actividad, por el precio pactado de 500€ al mes de base imponible.

Mensualmente le pagarás 405€ de base imponible, ya que los otros 95€ se los entregarás a Hacienda en el próximo trimestre mediante el modelo 115.

Como ves, aquí otra vez te conviertes en retenedor para Hacienda.

El IRPF en los autónomos profesionales

Si eres autónomo profesional, como norma general tendrás que incluir la retención del IRPF en las facturas, que, a día de hoy (2022) el tipo, con carácter general, es del 15%.

Si eres un nuevo autónomo profesional y no has realizado actividades profesionales en los últimos 12 meses, tienes derecho a una retención reducida de solo el 7% durante 2 años.

Recuerda que son tus clientes quienes tienen que entregar el dinero correspondiente a la retención en Hacienda.

Lo más recomendable es que cuando termine el año, les pidas a esos clientes los certificados de las retenciones. Así te aseguras de que lo hacen de forma correcta y que coincide con lo que tú vas a declarar.

Un autónomo profesional NO hace retenciones a:

Ni a particulares ni a clientes que aun siendo autónomos o empresas tengan la sede fiscal fuera de España.

Un autónomo profesional está exento de presentar la declaración trimestral del IRPF cuando:

Cuando más del 70% de sus facturas lleven retenciones.

Autónomos que, sin ser profesionales, también tienen que incluir retenciones en sus facturas

Los dedicados a las actividades:

  • Forestales, y aplicarán un 2%.
  • Ganadera de engorde porcino y avicultura, que aplicarán el 1%.
  • Agrícolas y restantes actividades ganaderas, con un 2%.

Cuota gestoría autónomo 2023

La Declaración de la Renta para un autónomo.

¿Y cómo se cuadra todo este jaleo en la declaración anual?

Pues igual que lo hacías cuando eras particular, pero ahora teniendo en cuenta los ingresos de tu actividad comercial.

Normalmente, tu asesor te preparará un informe para tu declaración, y lo más lógico es que sea él quien te la presente, ya que tiene todos los datos y está al corriente de tu situación.

Si, aun así, piensas hacerla por tu cuenta, solicita a Hacienda todos tus datos fiscales para comprobar que tienen en cuenta hasta el más mínimo detalle y que no se quede nada por desgravar.

Por cierto, si has ganado menos de 1.000€ anuales, estás exento de presentarla. Pero tampoco te podrás beneficiar de las deducciones y casi seguras devoluciones que tendrías.

Resumiendo

Es el impuesto más importante que tenemos y lo paga todo quisqui.

Graba nuestros beneficios «limpios» (antes del propio impuesto).

Se distribuye por tramos, haciendo pagar más porcentaje a quien más gana.

Los autónomos lo pagamos trimestralmente.

En ocasiones, tenemos que hacer de retenedores cobrándoselo a otros autónomos y entregándolo en Hacienda.

Espero que ahora entiendas un poco más este impuesto. Si tienes alguna duda o aportación, házmelo saber en los comentarios.

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